La selva peruana ha sido una de las principales víctimas de desastres ecológicos de gran envergadura en lo que va del año. Producto de masivos derrames de petróleo, el 25 de enero y el 3 de febrero se produjo la contaminación de dos afluentes del Marañón: el río Chiriaco (Amazonas) y Morona (Loreto). 

La responsabilidad de este desastre ambiental recae en la empresa estatal Petróleos del Perú - Petroperú S.A. (en adelante, Petroperú) debido al inadecuado mantenimiento de la infraestructura del Oleoducto Norperuano. Como menciona Antonio Peña Jumpa, los responsables son los funcionarios de dicha empresa ya sea por acción u omisión[1].

Debido a ello, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA se encuentra tramitando tres procedimientos administrativos sancionadores (en adelante, PAS) contra Petroperú. Cabe precisar que un PAS ambiental es “un conjunto de actos a través de los cuales se investiga la posible comisión de una infracción administrativa derivada del incumplimiento de una obligación ambiental. Si en el marco de dicho procedimiento, se acredita la responsabilidad del administrado, se pueden imponer sanciones y medidas correctivas[2]”.

El OEFA, dentro del marco de sus competencias, inició un primer PAS debido a un supuesto incumplimiento de la medida preventiva dictada el 16 de febrero del presente año. Con ello se le ordenó a Petroperú cumpla con remitir un cronograma para el mantenimiento y reemplazo del oleoducto. Ante un caso de incumplimiento la multa ascendería a 1000 UIT, lo que equivale a S/ 3.95 millones[3].

El segundo PAS Petroperú se inició por el supuesto incumplimiento de la medida cautelar que ordenaba ejecutar de manera inmediata labores de limpieza y rehabilitación de las zonas afectadas en Imaza y Morona. Ante un caso de incumplimiento la multa ascendería a 100 UIT, lo que equivale a S/. 395,000[4].

Por último, el inicio del tercer PAS se produjo por el supuesto incumplimiento de sus obligaciones ambientales derivado de los derrames en Amazonas y Loreto. Cabe señalar que en junio de 2014 se produjo un derrame en Cuninico (Loreto) producto del derrame de 3000 barriles de crudo en el tramo I del Oleoducto Norperuano. Es por esta razón que la empresa petrolera se encuentra en una situación de reincidencia. Considerando ello, la multa a imponer por el incumplimiento de las obligaciones ambientales ascendería a 20,000 UIT, lo que equivale a S/ 79 millones.[5]

Pese a las multas que se le puedan imputar a Petroperú es evidente que los daños ambientales ya se han producido, por ello tratar de volver a una situación anterior al derrame es imposible. Los principales perjudicados son los pobladores de la zona quienes no tienen acceso a agua potable y han visto su única fuente de abastecimiento de agua contaminada por el crudo de petróleo. Asimismo, estos han visto reducido sus especies marinas las cuales mueren producto de la contaminación del río.

Es por ello y en virtud del derecho fundamental de gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida consagrado en el artículo 2 inciso 22 de la Constitución Política del Perú, que el Estado tiene que realizar una función activa que asegure el bienestar de la población afectada. En efecto, se debe considerar seriamente la reestructuración en la gestión de la Petroperú –que tres PAS en su contra estén siendo tramitados en lo que va del años no es poca cosa-. Por otro lado, es necesario que las entidades fiscalizadoras, como el OEFA, continúen con sus acciones de supervisión, a fin de evitar situaciones similares y garantizar una actuación oportuna e inmediata ante estos desastres.

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REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS: 

DIEZ, Jonathan. Desastre ecológico. http://puntoedu.pucp.edu.pe/impresos/selva-negra/ . Consulta: 18-04-2016.

GESTIÓN. OEFA tramite tres procedimientos administrativos sancionadores contra Petroperú por derrames de crudo. http://gestion.pe/economia/oefa-tramita-tres-procedimientos-administrativos-sancionadores-contra-petroperu-derrames-crudo-2158235 . Consulta: 18-04-2016

ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL (OEFA). Procedimiento Administrativo Sancionador. https://www.oefa.gob.pe/actividades-principales/procedimiento-administrativo-sancionador. Consulta: 14-04-2016

ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL (OEFA). El OEFA informa sobre los procedimientos administrativos sancionadores iniciados a Petroperú S.A por los últimos derrames de petróleo en Amazonas y Loreto. https://www.oefa.gob.pe/noticias-institucionales/oefa-informa-sobre-procedimientos-sancionadores-iniciados-a-petroperu .Consulta: 14-04-2016

[1] DIEZ, Jonathan. Desastre ecológico. http://puntoedu.pucp.edu.pe/impresos/selva-negra/ . Consulta: 18-04-2016.

[2] ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL (OEFA). Procedimiento Administrativo Sancionador. https://www.oefa.gob.pe/actividades-principales/procedimiento-administrativo-sancionador. Consulta: 14-04-2016

[3] ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL (OEFA). El OEFA informa sobre los procedimientos administrativos sancionadores iniciados a Petroperú S.A por los últimos derrames de petróleo en Amazonas y Loreto. https://www.oefa.gob.pe/noticias-institucionales/oefa-informa-sobre-procedimientos-sancionadores-iniciados-a-petroperu .Consulta: 14-04-2016

[4] Ibídem.

[5] Ibídem.